En concreto, anticipándose a las exigencias de la comunidad de internet –la nueva redacción tiene fecha del 30 de abril, fecha anterior a la protesta- ha recortado la potestad administrativa para actuar en la red a través de cierres de páginas o paralización de publicación de contenidos.
Con el nuevo anteproyecto, se hace imprescindible que para ordenar la paralización de un servicio en la red que atente contra determinados principios básicos como el orden público o la infancia, intervenga un juez.
Además, para ordenar la paralización de suministro tecnológico en la red (por ejemplo albergue de páginas o conexión para navegar en la red) por infringir una persona o empresa determinadas normativas, será necesario dictar una resolución administrativa o sentencia judicial, por lo que el proceso formal es más sólido que con el anteproyecto anterior.
Los impulsores de la campaña aún no han analizado la nueva disposición por lo que no han emitido aún una respuesta en cuanto a si seguirán con las movilizaciones en la red o no.
Texto completo del anteproyecto de Ley de fecha 30 de abril.